Las
actividades administrativas.
Se ubican dentro de la que puede denominarse parte dinámica
del derecho administrativo, en la medida en que reflejan las tareas típicas a
cargo de la administración pública.
-Actividades administrativas tiene como objetivo.
Según la doctrina, dar un orden a la inmensa cantidad de
normas constitucionales, legales y reglamentarias aplicables al quehacer de la
administración pública, con el fin de lograr la identificación de principios
generales aplicables a cada una de esas actividades.
Empleado |
Por
actividad de fomento.
Se entiende aquella modalidad de intervención administrativa
consistente en dirigir la acción de los particulares hacia fines de interés
general mediante el otorgamiento de incentivos diversos. La incentivación de
actividades privadas es conocida desde los primeros tiempos de nuestra
civilización, y en donde de ese modo de intervención es teorizado más
inconscientemente como una modalidad de la acción pública y de forma más
consciente.
En concordancia con lo expresado anteriormente, en términos
generales, la actividad administrativa de fomento no hace parte ni de la
policía administrativa ni del servicio público, pues hace referencia a las
ayudas e incentivos de naturaleza pública y administrativa que tienen como
objetivo central el apoyo a algunas actividades privadas, con el fin de lograr
un adecuado desarrollo social y la generación de oportunidades económicas. No
obstante, como lo ha destacado la doctrina, la conceptualización del fomento ha
sido relativamente compleja y no ha estado exenta de críticas.
Actividad
administrativa de fomento.
Como la acción de la administración encaminada a promover o proteger aquellas actividades, establecimientos o riquezas debidos a los
particulares y que satisfacen necesidades públicas, o que se estiman de
utilidad general, sin usar de la coacción, ni crear servicios públicos. Una
actividad, que comprende todo tipo de medidas de los poderes públicos que
tienen por finalidad estimular, promover, incentivar o sostener determinadas
actividades o iniciativas privadas, por entender que en ello concurre un interés
público.
Las ayudas
económicas gracias a la actividad de fomento.
En el siglo XX se extienden las ayudas económicas a todos los
sectores productivos. La incentivación a las empresas, a través de polos de
desarrollo, polígonos industriales, zonas de preferente localización, se han
prolongado hasta nuestro días. De otro lado, la actividad incentivadora se ha
extendido a todos los sectores económicos bien sea; (agricultura, minería,
vivienda, etc).
En la actualidad no hay duda sobre la legitimidad de esta
forma de intervención, en numerosos preceptos a la actividad administrativa de
fomento. Así, al sancionar los principios rectores de la política social y económica
indica que “poderes públicos de fomentaran la educación los sanitaria,
educación física y el deporte” las organizaciones de consumidores y las
sociedades cooperativas. La actividad de fomento es también título competencial
específico, bien del Estado (investigación científica y técnica), bien del
desarrollo económico de la Comunidad.
Las
modalidades de la actividad de fomento y su naturaleza reglada.
El fomento puede consistir en medidas honoríficas, como las condecoraciones civiles, militares,
otorgamiento de títulos, etc.; económicas:
primas, subvenciones, desgravaciones fiscales, etc.; y jurídicas: carácter de beneficiarios de la expropiación forzosa,
etc. No es fácil fuera de esta descripción de la acción de fomento reconducir a
un mismo régimen jurídico las numerosas acciones de fomento, ni calificar de
reglada o discrecional la actividad administrativa incentivadora, que depende
de las diversas regulaciones y procedimientos. A esta actividad promocional o de fomento, en ocasiones; especialmente
en el derecho español, pero también en algunos derechos latinoamericanos; se le
ha venido reconociendo el carácter de actividad administrativa especial
propiamente dicha mientras que en otras, simplemente se ha entendido como uno
de los mecanismos específicos de la acción económica de la administración, pero
lo cierto es que se le reconoce como parte del quehacer de la administración
pública. De otra parte, aunque algún sector de la doctrina no se refiere
concretamente al fomento administrativo, es evidente que el estudio del régimen
jurídico aplicable a dicha actividad se refleja en otras instituciones
generales como los actos administrativos, los contratos y la regulación.

Con fundamento en lo anterior, puede afirmarse que,
independientemente de cómo se clasifique a dicha actividad, no cabe duda de que
el derecho administrativo iberoamericano ha venido desarrollando una teoría del
fomento como actividad administrativa especial y diferente de las tradicionales
actividades de policía y de servicio público. Técnicas de fomento.
Definición positiva. Por otro lado, Existe una definición positiva de la actividad administrativa de fomento que
no parte de su diferenciación con la policía administrativa y el servicio
público, sino que busca dotar de un contenido específico a la figura. Así, por
ejemplo, se ha sostenido que el fomento es una «actividad de la administración
que trata de ayudar, encauzar y orientar la iniciativa privada cuando ésta se
muestra insuficiente», o que el fomento es «la actividad que consiste en
estimular una actividad privada de interés público…
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Empresa. |
se pretende garantizar que,
actividades que son relevantes para el interés público, se puedan desarrollar
por iniciativa privada» o que corresponde a «todas aquellas medidas de los
poderes públicos que tienen por finalidad estimular, promover, incentivar o
sostener determinadas actividades o iniciativas privadas, por entender que en
ello concurre un interés público», incluso se ha dicho que el fomento es «la
actividad administrativa dirigida a conseguir, mediante medios indirectos y no
imperativos, la auto ordenación de las actividad privada, de la acción de los
ciudadanos o particulares, en función de fines y objetivos de interés público
fijados por la administración pública»18.

Es decir, que desde la perspectiva
positiva, la idea de fomento hace referencia a las acciones de la
administración pública que tienen como objetivo el desarrollo económico y
social de la comunidad a través de ayudas o estímulos a las actividades
privadas que son de interés público, de tal manera que en ejercicio de este
fomento el Estado queda por fuera de la realización de la actividad, pero
influye positivamente en ella. Por su parte, Garrido
Falla, señala que es "aquella actividad administrativa que se dirige a
satisfacer indirectamente ciertas necesidades consideradas de carácter público
protegiendo o promoviendo, sin emplear coacción, las actividades de los
particulares o de otros entes públicos que directamente las satisfacen".
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